Ley 130 de 1913 · LEY 130 DE 1913, 13/12/1913, Sobre la jurisdicción de lo contencioso-administrativo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Tribunal Supremo conoce por consulta de los asuntos siguientes:
a)
De las sentencias dictadas por los Tribunales Administrativos Seccionales, sobre la validez o nulidad de las Ordenanzas u otros actos de las Asambleas Departamentales, cuando aquéllas no hayan sido apeladas, y
b)
De los autos absolutorios proferidos por la Sala de Decisión de la Corte de Cuentas en los Casos previstos por el Código Fiscal.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.