Grupo de Presupuesto. El Grupo de Presupuesto adscrito a la Dirección Financiera, tendrá las siguientes funciones: 87.1 Organizar, supervisar y controlar las operaciones de presupuesto de la Superintendencia de Sociedades. 87.2 Elaborar en coordinación con las demás dependencias, el anteproyecto de presupuesto y la programación presupuestal de la Superintendencia de Sociedades. 87.3 Prever y suministrar los recursos necesarios para la ejecución de los planes y programas de la Superintendencia de Sociedades, de conformidad con los estudios de necesidades y las justificaciones que sobre el particular presenten las diferentes dependencias. 87.4 Orientar a las diferentes dependencias en los asuntos de su competencia y diseñar con las dependencias competentes, los procedimientos para la ejecución y control del presupuesto de la Superintendencia de Sociedades. 87.5 Preparar el acto administrativo de distribución y modificación del presupuesto de la Superintendencia de Sociedades. 87.6 Elaborar la resolución de constitución o modificación de las cajas menores de la Superintendencia de Sociedades. 87.7 Gestionar ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público las modificaciones presupuestales que se requieran. 87.8 Velar por la cumplida ejecución del presupuesto de la Superintendencia de Sociedades. 87.9 Expedir las certificaciones relacionadas con el presupuesto de la Superintendencia de Sociedades. 87.10 Coordinar las actividades de cierre presupuestal de cada vigencia y constituir las reservas presupuestales que se requieran. 87.11 Elaborar y presentar los informes sobre el estado de ejecución presupuestal a los entes de control y las dependencias que así lo requieran. 87.12 Recibir, revisar y gestionar la documentación necesaria para las cuentas por pagar. 88/98 RESOLUCION 87.13 Registrar la información de la gestión presupuestal en los aplicativos del Sistema de Información Financiera, tanto internos, como externos, de conformidad con las directrices emanadas por la autoridad competente, relacionados con el área.
Artículo 87
Resolucion 100-000040 de 2021 · Por medio de la cual se asignan unas funciones y se definen los grupos internos de trabajo en la Superintendencia de Sociedades. EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES (E) En uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 34, 38, 40, 41 y 42 y 42 del artículo 8, el Decreto 1736 de 2020, y CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de la Ley 489 d
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.