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Artículo 5

Oficina De Respuesta A Incidentes Cibernéticos (Csirt )

Decreto 1874 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional, se crean nuevas dependencias, funciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Respuesta a Incidentes Cibernéticos (CSIRT ). Son funciones de la Oficina de Respuesta a Incidentes Cibernéticos (CSIRT), las siguientes

1.

Formular e implementar el Plan Estratégico Sectorial en materia de capacidades en Ciberseguridad y Ciberdefensa del Sector Defensa, hacer seguimiento, medición, análisis y evaluación.

2.

Coordinar las capacidades de ciberseguridad y ciberdefensa con la Dirección de Seguridad Nacional y los organismos del Sector Defensa y otros sectores.

3.

Formular e implementar las políticas de ciberseguridad y ciberdefensa de la infraestructura crítica del Sector Defensa, con la cooperación de los organismos de seguridad del Sector, hacer seguimiento, medición, análisis y evaluación.

4.

Generar e implementar los protocolos, lineamientos, guías, estándares, buenas prácticas y recomendaciones de ciberseguridad y ciberdefensa para el Sector Defensa y hacer su seguimiento, medición, análisis y evaluación.

5.

Definir acciones, servicios de prevención, concientización y sensibilización ante amenazas cibernéticas y dar respuesta frente a incidentes en esta materia en el Sector Defensa.

6.

Cooperar con los organismos de seguridad e investigación del Estado en la prevención e investigación de delitos donde medien las tecnologías de la información y las comunicaciones.

7.

Formular e implementar planes, programas, proyectos y acciones que permitan generar y producir conocimiento relativo a la ciberseguridad y ciberdefensa para el Sector Defensa.

8.

Generar cultura en el Sector Defensa para crear, conservar, compartir, difundir, reconocer y valorar el conocimiento relativo a la ciberseguridad y ciberdefensa y utilizar herramientas para su apropiación, seguimiento, medición, análisis y evaluación.

9.

Coordinar y actuar como punto de contacto internacional con homólogos de otros países y con organismos internacionales comprometidos con la ciberseguridad y la ciberdefensa.

10.

Gestionar y establecer mecanismos de prevención y control a los incidentes cibernéticos que puedan ocurrir en Ministerio de Defensa Nacional y servir de punto focal especializado del Sector Defensa.

11.

Promover dentro de las entidades del Sector Defensa, el reporte obligatorio de incidentes cibernéticos, ofreciendo garantías de confidencialidad, privacidad, y beneficios de los reportes

12.

Informar a los miembros del ecosistema cibernético del Sector Defensa acerca de las nuevas vulnerabilidades, advertencias y descubrimientos que afecten la seguridad cibernética.

13.

Coordinar con la Dirección de Seguridad Nacional y organismos del Sector, la respuesta a incidentes cibernéticos de seguridad y defensa e implementar la infraestructura necesaria y hacer seguimiento a la gestión relacionada con el riesgo en estas materias.

14.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional -Unidad de Gestión General.

15.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Parágrafo

Las funciones de CERT nacional, serán asumidas por la Oficina de Respuesta a Incidentes Cibernéticos (CSIRT), durante un periodo de transición, hasta la entrega total de estas funciones a la entidad designada por el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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