Micelio

Artículo 214

Cuando El Proceso Me Dio Motivo A La Detención Preventiva De Un Detenido Se Decretare Su Libertad, El Juez Lo Comunicara Al Director De La Respectiva Cárcel, Con El Objeto De Que Allí Se Haga La Correspondiente Anotación, Consignando La Causa De La Excarcelación O Libertad

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando el proceso me dio motivo a la detención preventiva de un detenido se decretare su libertad, El Juez lo comunicara al Director de la respectiva cárcel, con el objeto de que allí se haga la correspondiente anotación, consignando la causa de la excarcelación o libertad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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