Micelio

Artículo 5

Ley 48 de 1921 · Por la cual se suprime la censura telegráfica y se dictan otras disposiciones relacionadas con el ramo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo telegrama en que se formule un cargo, insultos u ofensas contra las autoridades o las personas o se trate de perturbar el orden público, llevara al pie del la firma completa de quien lo introduzca en la Oficina respectiva.

En las Oficinas Telegráficas se verificara la identidad del signatario en estos casos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 48 de 1921