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Artículo 5

Pago De Electro Combustible En Zonas No Interconectadas - Zni

Decreto 517 de 2020 · Por el cual se dictan disposiciones en materia de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible, en el marco del Estado de Emergencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Pago de electro combustible en Zonas No Interconectadas - ZNI . El Ministerio de Minas y Energía podrá utilizar recursos del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingreso - , para reconocer directamente a los distribuidores mayoristas de combustibles líquidos, el costo del electrocombustible estimado por dicho ministerio, con base en el cupo asignado por el IPSE para las respectivas localidades de las Zonas No Interconectadas. El costo del electrocombustbile al que se refiere el inciso anterior, será restado del monto total de subsidios asignados a la respectiva empresa prestadora del servicio, para los siguientes periodos de giro, hasta completar el monto desembolsado. Para este trámite, no será necesario verificar el cumplimiento de lo indicado en el segundo inciso del artículo 99.10 de la Ley 142 de 1994.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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