Micelio

Artículo 17

Declarado Inexequible Por La Sentencia De La Corte Suprema De Justicia Del 19 De Febrero De 1971

Decreto 970 de 1970 · Por el cual se promueve las reforma de los estudios de Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declarado inexequible por la sentencia de la Corte Suprema de Justicia del 19 de Febrero de 1971.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 17. Declarado inexequible por la sentencia de la Suprema Corte de Justicia del 14 de Diciembre de 1970.

JURISPRUDENCIA

Artículo 17. En todos los casos en que la Constitución o la ley exijan la calidad de abogado titulado para el desempeño de una función pública o para el ejercicio de la profesión, tal requisito se considerará satisfecho, sin reservas, con el titulo de abogado.

JURISPRUDENCIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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