° Los colonos o cultivadores, dentro de la porción reservada, que no hubieren presentado todavía solicitud de adjudicación con la prueba sumaria en que debe fundarse, están en la obligación de comprobar plenamente la época en que hicieron los cultivos y la extensión que éstos abarquen el día en que principie a regir este Decreto.
Decreto 430 de 1925 →Vigente
Artículo 6
Los Colonos O Cultivadores, Dentro De La Porción Reservada, Que No Hubieren Presentado Todavía Solicitud De Adjudicación Con La Prueba Sumaria En Que Debe Fundarse, Están En La Obligación De Comprobar Plenamente La Época En Que Hicieron Los Cultivos Y La Extensión Que Éstos Abarquen El Día En Que Principie A Regir Este Decreto
Decreto 430 de 1925 · por el cual se decreta una reserva de baldíos en los alrededores de San Vicente del Caguán.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.