Micelio

Artículo 29

Del Personal Fijado En Este Decreto Se Tomarán Los Oficiales, Suboficiales Y Agentes Necesarios Para La Formación Y Funcionamiento Del Cuerpo De Policía Rural Creado Por Decreto 2473 De 1948, Y Su Distribución Se Hará Por La Dirección General De La Policía Nacional Para El Desempeño De Las Funciones Que Le Asigna El Ordinal 5° Del Artículo 38 Del Decreto-Ley 2136 De 1949

Decreto 3036 de 1949 · por el cual se reorganizan algunas dependencias de la Policía Nacional y se determina la Planta de Personal de Carrera, empleados civiles y asignaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del personal fijado en este Decreto se tomarán los Oficiales, Suboficiales y Agentes necesarios para la formación y funcionamiento del Cuerpo de Policía Rural creado por Decreto 2473 de 1948, y su distribución se hará por la Dirección General de la Policía Nacional para el desempeño de las funciones que le asigna el ordinal 5° del artículo 38 del Decreto-ley 2136 de 1949.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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