Micelio

Artículo 147

La Vigilancia Sobre Los Funcionarios Y Empleados Del Ministerio Público Tiene Por Objeto Velar Porque Ellos Observen Irreprochable Conducta Pública Y Privada, Porque Presten Eficaz Y Oportuna Colaboración A La Administración De Justicia Y Porque Den Estricto Cumplimiento A Los Deberes Impuestos Por La Constitución, La Ley O El Reglamento

Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 147. La vigilancia sobre los funcionarios y empleados del Ministerio Público tiene por objeto velar porque ellos observen irreprochable conducta pública y privada, porque presten eficaz y oportuna colaboración a la Administración de Justicia y porque den estricto cumplimiento a los deberes impuestos por la Constitución, la ley o el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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