Comisiones. La autorización de las comisiones de servicio dentro del país y sus efectos en materia de viáticos y gastos de viaje, corresponderá
El Jefe de la Unidad de Desarrollo Territorial del Departamento Nacional de Planeación, respecto de los Coordinadores Regionales;
Al Coordinador Regional respecto de los integrantes de la unidad técnica, conforme al régimen señalado por el Consejo Regional.
En todo caso el pago de viáticos y gastos de viaje se hará con cargo a los recursos de los Fondos de Inversiones para el Desarrollo Regional. Los avances deben ser legalizados dentro de los diez (10) días siguientes a la terminación de la respectiva comisión, ante la correspondiente entidad fiduciaria, con el visto bueno del Coordinador Regional, si se trata de los integrantes de la Unidad Técnica, o del Jefe de la Unidad de Desarrollo Territorial del Departamento Nacional de Planeación en el caso del Coordinador Regional.