º. Vigencia. El presente decreto entrará en vigencia a partir de los quince (15) días comunes siguientes a su publicación en el Diario Oficial y modifica el artículo 3º del Decreto número 2218 de 2017, el cual fue modificado por el artículo 1º del Decreto 436 de 2018, así como a las normas que lo aclaren, modifiquen o deroguen.
Decreto 214 de 2025 →Vigente
Artículo 3
Vigencia
Decreto 214 de 2025 · por el cual se modifican los umbrales establecidos en el Decreto número 2218 de 2017, “por el cual se adoptan medidas para la prevención y el control de fraude aduanero en las importaciones de fibras, hilados, tejidos, confecciones y calzado”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.