Micelio

Artículo 6

Decreto 73 de 2002 · por el cual se fijan las tarifas mínimas para el cobro de los servicios de vigilancia y seguridad privada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Horas contratadas . Cuando el servicio contratado sea inferior a veinticuatro (24) horas, la tarifa deberá ser proporcional al tiempo contratado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 73 de 2002