Micelio

Artículo 0846

Para Compra De Libros De Consulta, Suscripciones A Periódicos Y Revistas Nacionales Y Extranjeros, Avisos, Publicaciones Oficiales Del Ramo Legalmente Autorizadas, Y Otros Gastos Similares Inherentes A Estos Misinos Servicios, En La Presente Vigencia Y Anteriores 5

Decreto 2038 de 1957 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Justicia)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE JUSTICIA CAPITULO 082 Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional. 003. Del artículo 0846. Para compra de libros de consulta, suscripciones a periódicos y revistas nacionales y extranjeros, avisos, publicaciones oficiales del ramo legalmente autorizadas, y otros gastos similares inherentes a estos misinos servicios, en la presente vigencia y anteriores 5.661.94 Instituto y Oficinas de Medicina Legal. 003. Del artículo 0861 Para compra de libros de consulta, suscripciones a periódicos y revistas nacionales y extranjeros, avisos, publicaciones oficiales del ramo legalmente autorizadas, y otros gastos similares inherentes a estos mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 5.000.00 Suman los contracréditos 10.661.94 CAPITULO 072 Comisiones Revisoras de los Códigos o Ramas de Legislación . 001. Al artículo 0729. Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requieran las Comisiones Revisoras de los Códigos o Ramas de la Legislación, en la presente vigencia y anteriores 135.00 CAPITULO 073 Consejo de Estado. 001. Al artículo 0741. Para pago de jornales a obreros, por trabajos manuales que requieran el Consejo de Estado y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores 405.00 CAPITULO 076 Ministerio Público. Procuraduría General de la Nación 001. Al artículo 0712. Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiera la Procuraduría General de la Nación y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores 270.00 Fiscalías de los Juzgados Superiores 001. Al artículo 0790. Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requieran las Fiscalías de los Juzgados Superiores de Distrito Judicial, en la presente vigencia y anteriores 540.00 CAPITULO 077 Corte Suprema de Justicia. 001. Al artículo 0802. Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requieran la Corte Suprema de Justicia y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores 540.00 CAPÍTULO 078 Tribunales Superiores de Distrito Judicial 001. Al artículo 0813. Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requieran los Tribunales Superiores de Distrito Judicial y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores 702.00 CAPITULO 079 Juzgados Superiores de Distrito Judicial 001. Al artículo 0822. Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requieran los Juzgados Superiores do Distrito Judicial y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores 540.00 CAPITULO 080 Juzgados de Circuito. 001. Al artículo 0831. Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requieran los Juzgados de Circuito y sus dependencias, en el país, en la presente vigencia y anteriores 810.00 CAPITULO 082 Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional. 001. Al artículo 0853. Para pago de jornales a obreros por trabajas manuales que requieran las dependencias citadas, en la presente vigencia y anteriores 540.00 Instituto y Oficinas de Medicina Legal. 001. Al artículo 0867. Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requieran el Instituto y Oficinal de Medicina Legal y sus dependencias en el país, en la presente vigencia y anteriores 135.00 CAPITULO 083 Juzgados de Menores. 001. Al artículo 0880. Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requieran los Juzgados de Menores y sus dependencias en el país en la presente vigencia y anteriores 270.00 CAPITULO 084 Establecimientos de Observación, Protección y Reeducación de Menores 003. Al artículo 0897. Para suministro de drogas y elementos quirúrgicos a los establecimientos de Observación, Protección y Reeducación de Menores, en el país, a cargo de la Nación, en el año 3.000.00 CAPITULO 085 Gastos varios. 001. Al artículo 0933. Para el pago de sueldos a empleados supernumerarios que se nombren en reemplazo de los que salgan en vacaciones, cuando las necesidades del servicio así lo exijan, en la presente vigencia y anteriores 2.774.94 Suman los créditos 10.661.94

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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