Micelio

Artículo 9

O

Decreto 2152 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Desarrollo Económico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 9o. De las Funciones de los Viceministros. - A partir de la vigencia del presente Decreto, el Ministerio de Desarrollo Económico tendrá un Viceministerio de Vivienda, Desarrollo Urbano y Agua Potable y un Viceministerio de Industria, Comercio y Turismo. Los Viceministros cumplirán las funciones establecidas para dichos cargos en los artículos correspondientes del Decreto 1050 de 1968 y en las normas que lo reemplacen, adicionen o modifiquen, en relación con su ramo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2152 de 1992