Micelio

Artículo 2

Las Sumas Destinadas Para Los Departamentos Del Huila Y Tolima, Ordinales 27 Y 41, Serán Distribuidas Por Una Junta Constituida Por El Gobernador Del Departamento, El Promotor De Desarrollo De La Comunidad Del Ministerio De Gobierno Y Un Delegado De La Defensa Civil

Decreto 1542 de 1974 · Por la cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 (Ministerio de Gobierno) por $ 4.050.000

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las sumas destinadas para los Departamentos del Huila y Tolima, Ordinales 27 y 41, serán distribuidas por una Junta constituida por el Gobernador del Departamento, el Promotor de Desarrollo de la Comunidad del Ministerio de Gobierno y un delegado de la Defensa Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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