º Las sumas destinadas para los Departamentos del Huila y Tolima, Ordinales 27 y 41, serán distribuidas por una Junta constituida por el Gobernador del Departamento, el Promotor de Desarrollo de la Comunidad del Ministerio de Gobierno y un delegado de la Defensa Civil.
Decreto 1542 de 1974 →Vigente
Artículo 2
Las Sumas Destinadas Para Los Departamentos Del Huila Y Tolima, Ordinales 27 Y 41, Serán Distribuidas Por Una Junta Constituida Por El Gobernador Del Departamento, El Promotor De Desarrollo De La Comunidad Del Ministerio De Gobierno Y Un Delegado De La Defensa Civil
Decreto 1542 de 1974 · Por la cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 (Ministerio de Gobierno) por $ 4.050.000
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.