Micelio

Artículo 8

En La Propiedad Que El Gobierno Tiene En Juntas De Apulo, Se Establecerá Un Campo De Experimentación, Dependiente De La Escuela Superior De Agronomía, Con Un Director, Un Ayudante Y Los Trabajadores Indispensables, A Juicio Del Rector De La Escuela, Y Del Director Del Mismo, El Cual Se Regirá Por El Reglamento Que Al Efecto Se Dicte

Decreto 288 de 1923 · Por el cual restablece la Escuela Superior de Agronomía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En la propiedad que el Gobierno tiene en Juntas de Apulo, se establecerá un campo de experimentación, dependiente de la Escuela Superior de Agronomía, con un Director, un Ayudante y los trabajadores Indispensables, a juicio del Rector de la Escuela, y del Director del mismo, el cual se regirá por el reglamento que al efecto se dicte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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