Micelio

Artículo 2

º

Decreto 20 de 1981 · Por medio del cual se notifica se modifica la descripción, gravamen arancelario para algunas posesiones del Arancel de Aduanas y se establece una Nota Adicional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Señálese los siguientes gravámenes arancelarios a las posiciones del Arancel de Aduanas que a continuación se indica n: Posición Gravamen % Posición Gravamen % 28.05.01.00 10 30.05.02.00 10 30.03.01.01 15 30.05.03.00 10 30.03.01.11 5 30.05.04.01 20 30.03.01.19 15 30.05.04.99 20 30.03.01.29 15 30.05.05.00 20 30.03.01.99 15 30.05.06.00 30 30.03.02.41 5 40.01.02.99 1 30.03.03.01 15 40.02.01.01 1 30.03.03.19 15 40.02.01.99 1 30.03.03:29 15 40.02.02.01 1 30.03.03.31 15 40.02.02.02 1 30.03.03.99 15 40.02.02.03 1 30.04.02.00 20 .40:02.02.04 1 30.04.03.00 20 40.02.02.99 1 30.04.04.00 20 40.02.03.00 1 30.04.89.00 20 40.06.02.01 30

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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