Micelio

Artículo 17

Decreto 1896 de 1994 · por el cual se reglamenta el Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Solidaridad Social en Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aplicación de los excedentes por parte de la Subcuenta de Promoción de la Salud. La Subcuenta de Promoción de la Salud aplicará los recursos no ejecutados que le sean enviados por las Entidades Promotoras de Salud a campañas generales de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, de conformidad con las disposiciones que al respecto determine el Ministerio de Salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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