Micelio

Artículo 25

Los Jueces Y Magistrados Que Dicten Sentencias En Las Cuales Se Decrete La Interdicción De Derechos Y Funciones Públicas, Estarán Obligados A Remitir A Las Divisiones De Identificación Y Electoral De La Registraduría Nacional Del Estado Civil, Sendas Copias De La Parte Resolutiva De La Sentencia Ejecutoriada, A Fin De Que Se Cancelen Las Respectivas Cédulas, Se Den De Baja En Los Censos Y Se Dé Aviso Al Registrador Que Corresponda Para La Anotación En La Tarjeta Alfabética, Junto Con La Copia De Que Trata Este Artículo, Se Remitirá A La División De Identificación La Cédula De Ciudadanía, Si La Tuviere, Y Una Tarjeta Decadactilar Del Condenado, A Menos Que Se Trate De Reo Ausente

Decreto 2864 de 1952 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre organización electoral, cédula de ciudadanía, censos de sufragantes y votaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Jueces y Magistrados que dicten sentencias en las cuales se decrete la interdicción de derechos y funciones públicas, estarán obligados a remitir a las Divisiones de Identificación y Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, sendas copias de la parte resolutiva de la sentencia ejecutoriada, a fin de que se cancelen las respectivas cédulas, se den de baja en los censos y se dé aviso al Registrador que corresponda para la anotación en la tarjeta alfabética, junto con la copia de que trata este artículo, se remitirá a la División de Identificación la cédula de ciudadanía, si la tuviere, y una tarjeta decadactilar del condenado, a menos que se trate de reo ausente. Cuando se rehabilite al ciudadano en el ejercicio de sus derechos y funciones públicas, el Secretario de la Sala Penal del respectivo Tribunal Superior enviará copia de la resolución que se dicte, a la División de Identificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil para que se hagan las anotaciones del caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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