Clasificación de trabajadores.- No procederá en ningún caso la clasificación general de trabajadores. La clasificación individual solo podrá hacerse en juicio.
Decreto 2158 de 1948 →Vigente
Artículo 149
Clasificación De Trabajadores
Decreto 2158 de 1948 · Sobre procedimiento en los juicios del trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.