Micelio

Artículo 9

Ley 62 de 1939 · Sobre deslinde y amojonamiento de los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los propietarios están en la obligación de dar libre entrada a sus fincas a los ingenieros de la Sección Nacional de Catastro y en general a los funcionarios encargados del establecimiento y conservación del Catastro Nacional, debidamente autorizados. Deben también conservar bajo su responsabilidad, los puntos fijos, señales u otras referencias indispensables a las operaciones topográficas y catastrales, localizadas en sus propiedades.

El Organo Ejecutivo, al reglamentar esta Ley, determinará las penas aplicables a quienes violen las disposiciones contenidas en el presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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