Micelio

Artículo 1

Ley 104 de 1936 · por la cual se provee a la apertura de un canal en la Bahía de Turbo y se ordena el dragaje de una de las bocas del río Atrato

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá a efectuar en la Bahía de Turbo, a la mayor brevedad, los trabajos de dragado que sean indispensables para permitir el acceso de embarcaciones de pequeño calado a la población del mismo nombre.

Parágrafo

Para el objeto indicado el Gobierno hará trasladar a la mencionada Bahía una de las excavadoras que actualmente prestan servicio en el rio Magdalena, que este en condiciones de podre practicar la apertura de un canal suficiente entre la población de Turbo y el actual puerto aéreo situado dentro de la misma Bahía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 104 de 1936