Micelio

Artículo 14

Oficina Asesora Jurídica

Decreto 2094 de 2016 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes

1.

Asesorar al despacho del Director del Departamento y a las demás dependencias de la Entidad en los asuntos jurídicos de competencia de la misma.

2.

Representar judicial y extrajudicialmente al Departamento en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales sea parte o tercero interesado, previo otorgamiento de poder o delegación del Director.

3.

Ejercer vigilancia sobre la actuación de los abogados externos que excepcionalmente contrate el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social para defender sus intereses.

4.

Ejercer la facultad del cobro coactivo frente a las tasas o contribuciones, multas y demás obligaciones a favor del Departamento, ajustándose para ello a la normativa vigente sobre la materia.

5.

Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas y en general las actuaciones jurídicas relacionadas con las funciones de la entidad, que no correspondan a otras dependencias.

6.

Dirigir la interpretación y definir los criterios de aplicación de las normas relacionadas con la misión y la gestión institucional.

7.

Estudiar, conceptuar y elaborar los proyectos de actos administrativos necesarios para la gestión de la Entidad.

8.

Atender y resolver las consultas y peticiones de carácter jurídico elevadas al Departamento y por las diferentes dependencias de la Entidad.

9.

Atender y resolver las acciones de tutela, de grupo, de cumplimiento, populares y demás acciones constitucionales en las que se haga parte o tenga interés el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.

10.

Recopilar y mantener actualizada la información de las normas constitucionales, legales y reglamentarias y la jurisprudencia relacionada con las competencias, misión institucional, objetivos y funciones del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.

11.

Establecer estrategias de prevención de daño antijurídico y participar en la definición de los mapas de riesgos jurídicos la Entidad.

12.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de la Dependencia.

13.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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