Bienes y recursos excluidos del patrimonio a liquidar. No forman parte del Fondo Nacional de Caminos Vecinales en Liquidación: 15.1 La red vial terciaria, la cual será transferida al Instituto Nacional de Vías, dada su calidad de bien de uso público. 15.2 Las partidas apropiadas y no comprometidas para el año 2003 en el Presupuesto aprobado al Fondo Nacional de Caminos Vecinales que se trasladen al Presupuesto de la entidad que asuma la red terciaria y sus fuentes de financiación. 15.3 Los bienes muebles, inmuebles y derechos cuyo titular sea el Fondo Nacional de Caminos Vecinales y que requiera para el cumplimiento de su objeto la entidad que asuma la red terciaria dada su calidad de bienes de uso público.
Decreto 1790 de 2003 →Vigente
Artículo 15
Decreto 1790 de 2003 · por el cual se suprime el Fondo Nacional de Caminos Vecinales, FNCV y se ordena su liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.