° Los pagos del personal subalterno del Congreso y de los sueldos permanentes y gastos de representación de los Senadores y Representantes, sólo podrán hacerse mediante nóminas que serán revisadas por el Ministerio de Gobierno.
Decreto 3120 de 1950 →Vigente
Artículo 9
Los Pagos Del Personal Subalterno Del Congreso Y De Los Sueldos Permanentes Y Gastos De Representación De Los Senadores Y Representantes, Sólo Podrán Hacerse Mediante Nóminas Que Serán Revisadas Por El Ministerio De Gobierno
Decreto 3120 de 1950 · por el cual se suspenden algunas disposiciones relativas al personal subalterno del Congreso, y se dictan otras sobre la materia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.