Micelio

Artículo 58

Registro De Proponentes

Decreto 1843 de 1994 · por el cual se aprueba el Estatuto Interno de la Caja Promotora de Vivienda Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Registro de proponentes. El registro de proponentes calificación, clasificación de la Entidad, regido por el Decreto 1522 de 1983 y demás normas generales concordantes y especiales continuará rigiendo hasta el 28 de octubre de 1994. La Caja Promotora de Vivienda Militar cumplirá a partir del de octubre de 1994 con las normas y funciones asignadas con respecto a las cámaras de comercio del país, concernientes a contratos de obra, consultoría, suministro, compraventa de muebles y se exceptúan las de menor cuantía y prestación de servicios. La Entidad remitirá semestralmente a la Cámara de Comercio de Santafé de Bogotá, D.C., el informe contentivo de contratos ejecutados, cuantía, cumplimiento, multas y sanciones. En su oportunidad le informará sobre cada licitación y concurso, en la forma y plazos que determina el Decreto 856 de 1994.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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