Micelio

Artículo 1

º Fijase Lo Que Corresponde Por Concepto Del Impuesto De Industria Y Comercio, Según La Capacidad Eléctrica Instalada De La Central Hidroeléctrica De Salvajina, Entre Los Municipios Afectados Por Esta Obra, Así: Municipio: Buenos Aires; Factor De Proporcionalidad: 58

Decreto 953 de 1986 · por el cual se fija la proporción en que debe distribuirse entre los municipios afectados, el impuesto de industria y comercio, que corresponde pagar a la Central Hidroeléctrica de Salvajina.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Fijase lo que corresponde por concepto del impuesto de industria y comercio, según la capacidad eléctrica instalada de la Central Hidroeléctrica de Salvajina, entre los municipios afectados por esta obra, así: Municipio: Buenos Aires; factor de proporcionalidad: 58.0; equivalente KW: 156.600. Municipio: Morales; factor de proporcionalidad: 42.0; equivalente KW: 113.400.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 953 de 1986