Micelio

Artículo 1

Decreto 729 de 1914 · por el cual se suprimen unas plazas de Agentes de Policía Nacional en una Sección, y se crean en otra.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Suprímense cinco plazas de Agentes de Policía de segunda clase en la novena División, que presta servicio en Cúcuta, y créanse dos de primera clase y dos de segunda en la Sección de la Policía de fronteras, del mismo lugar, con las asignaciones señaladas en el Decreto número 41 de 1914. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 729 de 1914