Micelio

Artículo 3

Decreto 657 de 1885 · Sobre timbre nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Las estampillas tendrán la forma de un paralelogramo rectangular, de 40 milímetros de largo por 33 de ancho; llevarán en el centro el escudo de armas de la República; en la parte superior las palabras Estados Unidos de Colombia, Timbre Nacional, y en la inferior, en letras y números, la clase y el valor de la estampilla; y será cada clase de distinto color.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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