Micelio

Artículo 4

Ley 113 de 1937 · por la cual contribuye la Nación a la construcción de varias obras públicas en algunos Municipios del país

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las partidas que corresponden al Municipio de Pasto, serán entregadas a la Junta del Centenario de esa ciudad, creada por la Ley 57 de 1936 , debiendo el gobierno tomara las medidas conducentes para su manejo e inversión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 113 de 1937