Micelio

Artículo 2.3.1.3.3.2

Solicitud Y Trámite

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Solicitud y Trámite. Las solicitudes para conferir o retirar el derecho al uso de las medallas y condecoraciones se elaboran conforme al formato que para tal efecto adopten los Comandos de Fuerza; se tramitan por conducto regular y se someten a la consideración del Consejo o autoridad que la confiere, de acuerdo con las siguientes normas:

a)

Por el Comandante General de las Fuerzas Militares, las relacionadas con Personal del Comando General de las Fuerzas Militares, Instituciones, Personalidades Civiles Nacionales y Extranjeras que ameriten ser objeto de exaltación especial;

b)

Por el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares, las relacionadas con el personal del Cuartel General del Comando General de las Fuerzas Militares, Escuela Superior de Guerra, Personal Militar al servicio del Ministerio de la Defensa Nacional e Institutos descentralizados;

c)

Por los Comandantes de Fuerza, las relativas al personal militar y civil de su Fuerza, Instituciones, Personalidades Civiles Nacionales y Extranjeras que ameriten ser objeto de exaltación especial;

d)

Por cualquiera de los miembros del correspondiente Consejo, las relacionadas con personal ajeno a las dependencias indicadas en los puntos anteriores.

Parágrafo 1

Las solicitudes relacionadas con las órdenes se envían al Gran Canciller (Ministro de Defensa Nacional) por conducto regular, con anterioridad a las fechas establecidas para las reuniones ordinarias previstas para cada uno de los Consejos de las Órdenes, con el fin, que sean considerados oportunamente. Se adjuntan los documentos que a juicio del proponente sustentan la solicitud, tales como: felicitaciones, citaciones especiales, relación de actividades meritorias del candidato, currículum vitae y aquellos otros que den al Consejo o autoridad otorgante información que le permita decidir acertadamente sobre las propuestas sometidas a su consideración.

Parágrafo 2

Las disposiciones contenidas en el presente artículo no son aplicables cuando la solicitud de la medalla o condecoración la eleve el Ministerio de Defensa Nacional.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 10)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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