°. Los nombrados asegurarán su manejo con fianza que otorgarán ante la primera autoridad política del lugar, de acuerdo con lo dispuesto sobre la materia; y la copia, de la expresada diligencia, debidamente autenticada, será remitida al Habilitado general de la Gendarmería Nacional. Comuníquese y publíquese.
Decreto 520 de 1907 →Vigente
Artículo 3
Los Nombrados Asegurarán Su Manejo Con Fianza Que Otorgarán Ante La Primera Autoridad Política Del Lugar, De Acuerdo Con Lo Dispuesto Sobre La Materia; Y La Copia, De La Expresada Diligencia, Debidamente Autenticada, Será Remitida Al Habilitado General De La Gendarmería Nacional
Decreto 520 de 1907 · Por el cual se señalan funciones de Habilitados a algunos Jefes y Oficiales del Cuerpo de Gendarmería Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.