Micelio

Artículo 2.2.3.1.8

Ubicación De Los Aficionados

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ubicación de los aficionados. El aficionado tiene derecho a ser ubicado en el escenario deportivo conforme lo indica la información registrada en la boleta de ingreso al evento de fútbol. Los organizadores de los eventos de fútbol profesional y aficionado y los clubes deportivos son los responsables de garantizar la citada ubicación.

(Decreto 1007 de 2012, artículo 8°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015