Micelio

Artículo 2

Corresponde A La División De Coordinación De Los Fondos Educativos Regionales Revisar En Primer Término Y Tramitar Los Acuerdos Emanados De Las Juntas Administradoras Sobre Presupuesto, Planta De Personal, Y Todos Los Que Se Refieran A Creación De Planteles, Plazas, Traslados Presupuestales Y Demás Que Requieran La Aprobación Del Ministro De Educación Nacional

Decreto 2211 de 1981 · Por el cual se reglamenta el artículo 43 del Decreto extraordinario número 88 de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2º Corresponde a la División de Coordinación de los Fondos Educativos Regionales revisar en primer término y tramitar los acuerdos emanados de las Juntas Administradoras sobre presupuesto, planta de personal, y todos los que se refieran a creación de planteles, plazas, traslados presupuestales y demás que requieran la aprobación del Ministro de Educación Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2211 de 1981