Micelio

Artículo 5

Sustitución Del Artículo 1

Decreto 1458 de 2023 · Por el cual se modifican el artículo 1.6.6.1.2. del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1, el subnumeral 1.3. del numeral 1 del artículo 1.6.6.2.3. del Capítulo 2 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1, el artículo 1.6.6.3.2. del Capítulo 3 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1, se adiciona el parágrafo 3 al artículo 1.6.6.4.3. del Capítulo 4 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1, se sustituye el artículo 1.6.6.6. 7. del Capítulo 6 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1, se adiciona el artículo 1.6.5.3.1.4. a la Sección 1 del Capítulo 3 del Título 5 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria y se reglamentan los incisos 2 y 3 del artículo 800-1 del Estatuto Tributario modificados por el artículo 26 de la Ley 2277 de 2022 y el parágrafo 8° del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, adicionado por el artículo 86 de la Ley 2277 de 2022, relacionados con el mecanismo de Obras por Impuestos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Sustitución del artículo 1.6.6.6.7. del Capítulo 6 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2018 Único Reglamentario en Materia Tributaria. Sustitúyase el artículo 1.6.6.6.7. del Capítulo 6 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, el cual quedará así: “Artículo 1.6.6.6.7. Remisión del listado de municipios. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), remitirá a la Agencia de Renovación del Territorio (ART), dentro de los primeros cinco (5) días siguientes a la publicación del presente Decreto, el listado de los departamentos que conforman la Amazonía colombiana, que cuenten con una población inferior a ochenta y cinco mil (85.000) habitantes con corte al treinta y uno (31) de diciembre de 2022. Adicionalmente se presentará la información desagregada por municipios y zonas no municipalizadas.

Parágrafo

La Agencia de Renovación del Territorio (ART), publicará dentro de los cinco (5) días siguientes a su recibo, los listados de los departamentos, incluyendo los municipios y zonas no municipalizadas, en su página web.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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