Art. 1.° El puerto franco de Rocas del Toro, en la comarca del mismo nombre, queda habilitado para el comercio de importación y exportación y gozará de la excepción que el inciso 2.° del artículo 32 del Código Fiscal ha hecho para los puertos de Panamá y Colón.
Ley 33 de 1890 →Vigente
Artículo 1
Ley 33 de 1890 · Por la cual se adiciona y reforma la 83 de 1888 sobre legislación especial para la administración del Departamento de Panamá; y se desarrolla el artículo 201 de la Constitución
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.