Cuando se acumulen dos o más pleitos, se suspende el curso del que esté más próximo a su terminación, hasta que los otros se hallen en el mismo estado.
COMPETENCIAS.
Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Cuando se acumulen dos o más pleitos, se suspende el curso del que esté más próximo a su terminación, hasta que los otros se hallen en el mismo estado.
COMPETENCIAS.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.