°. Presentación de proyectos. Las Asociaciones de municipios o asociaciones de entidades territoriales en general, podrán presentar directamente proyectos ante los fondos y demás entidades del Estado, siempre y cuando estos proyectos sean avalados por las administraciones distritales o municipales que conformen la respectiva Asociación o de las administraciones territoriales que se beneficien de dichos proyectos.
Los citados proyectos deben ser acordes con el objeto previsto en los estatutos de la respectiva Asociación.