Micelio

Artículo 2

Decreto 461 De 1956

Decreto 1729 de 1956 · Que fija una norma y aclara una disposición referente a colonización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El artículo séptimo del Decreto-ley número 461 de 1956 quedará así: "Las escrituras de traspaso a la caja de inmuebles de propiedad del Instituto o del antiguo Instituto de Parcelaciones, Colonización y Defensa, Forestal serán suscritas por el Ministerio de Hacienda en representación del Gobierno y de dichas entidades".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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