Autorízase a la Gerencia de la Federación para tomar los recursos que genere el 32% del impuesto ad valorem, por una sola vez y durante la vigencia de 1977 para invertir dichos recursos, en la medida que se vayan generando, en Títulos Valores del Banco de la República o respaldados por él, y para destinar el rendimiento de estos Títulos como contrapartida del sector cafetero al programa de salud a que se refiere el artículo 1° del presente Acuerdo y que se desarrollará de manera conjunta con el Gobierno Nacional.
Estos recursos sólo podrán ser invertidos en los Programas de Salud previamente aprobados por el Subcomité Ejecutivo.
En cada Comité Departamental se creará un Fondo Rotatorio para canalizar estos recursos, buscando su capitalización y crecimiento.
Autorízale a la Gerencia de la Federación para organizar una Auditoría Interna que asegure el cumplimiento de esta política.