Micelio

Artículo 999

Del Presupuesto Nacional Vigente, Por Concepto De Sueldos No Devengados Ni Cobrados, Distribuyese En La Siguiente Forma: A Carlos Rey Castro, Por Valor De Treinta Y Dos (32) Horas De Clase Dictadas $ 112

Decreto 3182 de 1953 · Por el cual se modifican los marcados con los números 0744 de 12 de marzo y 1213 del 7 de mayo de 1953

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El saldo sobrante de $ 2.742.44 en el Capítulo 91, artículo 999 del Presupuesto Nacional vigente, por concepto de sueldos no devengados ni cobrados, distribuyese en la siguiente forma: A Carlos Rey Castro, por valor de treinta y dos (32) horas de clase dictadas $ 112.00 A Lucila Salcedo, por valor de cuarenta (40) horas de clase dictadas 140.00 A Carmen Gómez Ríos, por valor de cuarenta (40) horas de clase dictadas 140.00 Total $ 392.00 Para dotación en las distintas dependencias: capilla, aulas, Rectoría, Secretaría y Habilitación; compra de un piano, libros para la biblioteca, material de enseñanza $ 2.350.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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