º La recepción en consignación que en cumplimiento de este Decreto efectúe la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, será admitida In-Bond al país, para la cual lo empresa mantendrá dentro de los predios de la misma un depósito especial, el cual estará bajo el inmediato control de la Aduana Interna de Bogotá y de la Auditoría Fiscal de la misma.
Artículo 2
La Recepción En Consignación Que En Cumplimiento De Este Decreto Efectúe La Corporación De La Industria Aeronáutica Colombiana, Será Admitida In-Bond Al País, Para La Cual Lo Empresa Mantendrá Dentro De Los Predios De La Misma Un Depósito Especial, El Cual Estará Bajo El Inmediato Control De La Aduana Interna De Bogotá Y De La Auditoría Fiscal De La Misma
Decreto 1248 de 1965 · por el cual se ponen en vigencia algunas disposiciones de la Sección VI del Código de Aduanas en desarrollo de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.