Las personas que presten sus servicios en el Instituto, tendrán el carácter de empleados públicos y, por lo tanto, estarán sometidas al régimen legal vigente para los mismos:
Decreto 249 de 1981 →Vigente
Artículo 24
Las Personas Que Presten Sus Servicios En El Instituto, Tendrán El Carácter De Empleados Públicos Y, Por Lo Tanto, Estarán Sometidas Al Régimen Legal Vigente Para Los Mismos:
Decreto 249 de 1981 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Cultura Hispánica.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.