Los proyectos de propaganda para los productos que no requieran formula médica, odontológica o veterinaria deben ser presentados con la solicitud de la licencia a la Oficina de Control de Drogas y Productos Biológicos para su aprobación.
Decreto 1528 de 1964 →Vigente
Artículo 12
Los Proyectos De Propaganda Para Los Productos Que No Requieran Formula Médica, Odontológica O Veterinaria Deben Ser Presentados Con La Solicitud De La Licencia A La Oficina De Control De Drogas Y Productos Biológicos Para Su Aprobación
Decreto 1528 de 1964 · Por el cual se reglamenta el artículo 26 del Decreto 3224 de 1963 (diciembre 19), reorgánico del Ministerio de Salud Pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.