° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales desde el primero (1°) de agosto de 1967. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1694 de 1967 →Vigente
Artículo 2
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Surte Efectos Fiscales Desde El Primero (1°) De Agosto De 1967
Decreto 1694 de 1967 · Por el cual se establece el personal y asignaciones de la Sección de Edificios Nacionales de la División de Inmuebles y Materiales de la Rama Administrativa del Ministerio de Obras Públicas, y se incorpora a los empleados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.