Micelio

Artículo 8

Ley 38 de 1933 · POR LA CUAL SE DECRETAN UNAS CONDONACIONES

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Condónase a favor de la sucesión del señor José María Payán la suma de seis mil trescientos cuarenta y cinco pesos seis centavos ($ 6,345-06), monto de los alcances correspondientes a las cuentas rendidas por el señor Payán en los años de 1919, 1920, 1921 y 1922, en su carácter de Administrador Departamental de Hacienda Nacional de Cali.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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