Grupo de Innovación, Desarrollo y Arquitectura de Aplicaciones. El Grupo del Innovación, Desarrollo y Arquitectura de Aplicaciones, adscrito a la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones, tendrá las siguientes funciones: 12.1 Analizar, revisar y establecer las necesidades institucionales en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, alineado con las políticas, estrategias y normatividad vigente, asociados con aplicaciones y sistemas de información. 12.2 Analizar, sopesar y diseñar las alternativas de solución a las necesidades institucionales, en materia de tecnologías de la información y comunicaciones de conformidad con los lineamientos y políticas vigentes, asociados con aplicaciones y sistemas de información. 12.3 Evaluar las diferentes tecnologías en materia de desarrollo de software y disposición del mismo en ambientes On Premise, Cloud o Híbridos acorde con las mejores prácticas del mercado, lineamientos de Gobierno Digital y las necesidades propias de la Entidad. 12.4 Adelantar la adquisición de bienes y servicios de sistemas de información y aplicaciones de negocio requeridos para el soporte, la operación, mantenimiento, renovación y actualización en las áreas de su competencia. 12.5 Implementar el ciclo de vida del desarrollo de las aplicaciones / sistemas de información, que abarca desde el levantamiento de requerimientos, 14/98 RESOLUCION documentación de las necesidades de los usuarios internos o externos, desarrollo, pruebas técnicas y funcionales, puesta en producción y uso y apropiación en el marco de la arquitectura empresarial, trabajando de manera conjunta con los demás grupos de la Dirección y con la Oficina Asesora de Planeación, con el fin que la solución a implementar contemple las diferentes necesidades tecnológicas de la Entidad, acorde con los requerimientos tecnológicos que sean competencia de cada grupo. 12.6 Definir y acompañar los planes de transición para la entrada en operación de los desarrollos en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones de conformidad a los planes institucionales. 12.7 Atender los requerimientos en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones que se requieran por parte de la Entidad de conformidad a los planes institucionales, sectoriales y nacionales. 12.8 Implementar acciones que permitan el mejoramiento continuo del Sistema de Gestión Integrado en los temas de su competencia, asegurando y garantizando su aplicación y permanente ejecución en sus procesos. 12.9 Definir y mantener la arquitectura de aplicaciones para las soluciones, los sistemas de información, aplicaciones y servicios en el marco de la arquitectura empresarial y la seguridad de la información. 12.10 Proyectar conceptos sobre la arquitectura de aplicaciones en la Entidad, apoyando la toma de decisiones sobre proyectos que puedan transformar políticas, definiciones o las mismas aplicaciones. 12.11 Realizar las actividades para atender los requerimientos de la arquitectura de aplicaciones de la Entidad. 12.12 Identificar e implementar cambios a la arquitectura de aplicaciones establecida para que se adecúe a las necesidades funcionales de la Entidad. 12.13 Mantener actualizado el repositorio de documentos de la arquitectura de aplicaciones. 12.14 Apoyar la socialización de las políticas y lineamientos de la arquitectura de aplicaciones de la Entidad. 12.15 Realizar el seguimiento a las nuevas tendencias y buenas prácticas que apliquen a la arquitectura empresarial dentro del área de su competencia. 12.16 Diseñar y estructurar la arquitectura de los sistemas de información de la Entidad. 12.17 Conocer y aplicar los lineamientos establecidos en la Política de Gestión Integral para la Gestión Socialmente Responsable de la Entidad, de acuerdo a la normatividad vigente y dentro de un marco de ética y transparencia. 12.18 Adoptar y cumplir las políticas, modelos y controles de seguridad de la información y el sistema integrado de gestión, involucrados dentro de las actividades del grupo. 12.19 Gestionar la adopción de las normas aplicables en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, modelo integral de planeación y gestión institucional, transformación digital, seguridad digital, política de gobierno digital y demás que se expidan y en las cuales estén involucradas actividades del grupo. 12.20 Las demás funciones que le asigne el Superintendente de Sociedades o el Superior Inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Artículo 12
Resolucion 100-000040 de 2021 · Por medio de la cual se asignan unas funciones y se definen los grupos internos de trabajo en la Superintendencia de Sociedades. EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES (E) En uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 34, 38, 40, 41 y 42 y 42 del artículo 8, el Decreto 1736 de 2020, y CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de la Ley 489 d
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.