Micelio

Artículo 1

Adiciónase El Artículo 2° Del Decreto 333 Del 2 De Febrero De 1990, En El Sentido De Que Se Exceptúan De La Congelación De Planta Establecida, Además De Las Situaciones Allí Previstas, Las Siguientes: A) Cuando Se Provean Empleos De Las Areas De Dirección Superior Y Operativa Y De Profesionales Administrativos, Enfermeros, Intérpretes, Técnicos Y Conductores; B) Cuando Se Declare La Insubsistencia Del Nombramiento De Los Empleados Del Departamento Administrativo De Seguridad, Previo Cumplimiento De Los Trámites Que Según El Caso Procedan; C) Cuando Se Provean Los Empleos Que Quedaron Vacantes Por Defunción De Quienes Los Desempeñaban El Día Del Atentado Terrorista Al Departamento; D) Cuando Se Trate De Nombramientos Con Carácter Provisional De Los Empleos De Carrera Señalados En El Literal A) De Este Artículo

Decreto 628 de 1990 · por el cual se adiciona el Decreto número 333 del 2 de febrero de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Adiciónase el artículo 2° del Decreto 333 del 2 de febrero de 1990, en el sentido de que se exceptúan de la congelación de planta establecida, además de las situaciones allí previstas, las siguientes

a)

Cuando se provean empleos de las Areas de Dirección Superior y Operativa y de profesionales administrativos, enfermeros, intérpretes, técnicos y conductores;

b)

Cuando se declare la insubsistencia del nombramiento de los empleados del Departamento Administrativo de Seguridad, previo cumplimiento de los trámites que según el caso procedan;

c)

Cuando se provean los empleos que quedaron vacantes por defunción de quienes los desempeñaban el día del atentado terrorista al Departamento;

d)

Cuando se trate de nombramientos con carácter provisional de los empleos de carrera señalados en el literal a) de este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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