Recursos . Las Cajas de Compensación Familiar prestarán los servicios de gestión y colocación para la inserción de desempleados con cargo a los recursos del Fondo para el Fomento del Empleo y la Protección del Desempleo. Para ello los recursos de que trata el literal a) del artículo 10 de la Ley 789 de 2002, modificado por el artículo 47 de la Ley 1438 de 2011, serán distribuidos de la siguiente manera: Hasta el veintiocho por ciento (28%) de los recursos en subsidios destinados prioritariamente al pago de aportes al sistema de salud, siempre que el beneficiario no se encuentre afiliado. En el evento de encontrarse afiliado se podrán destinar a los otros usos previstos en la ley. El diecisiete por ciento (17%), para a ejecución y prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo de que tratan los artículos 8° y 9° del presente decreto. CAPÍTULO IV De la Agencia Pública de Empleo a cargo del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena)
Decreto 722 de 2013 →Vigente
Artículo 24
Recursos
Decreto 722 de 2013 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Empleo, se conforma la red de operadores del Servicio Público de Empleo y se reglamenta la actividad de intermediación laboral.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.